Encontramos tres tipos de leyes generales atendiendo al nivel
educativo en la etapa de infantil:
-
LEY ORGÁNICA /2006, de 3 de mayo, de Educación à
estructura de las enseñanzas.
-
REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre à
enseñanzas mínimas de la etapa, 65%.
-
DECRETO 68/2007, de 29/06/2007 por comunidades autónomas à
ordenación de la educación primaria 35%.
La educación es el medio más adecuado
para construir al niño, física y emocionalmente. Es un aprendizaje permanente,
que se desarrolla a lo largo de la vida.
Los principios
y fines de la educación atendiendo a la ley orgánica de 2006 son, de manera
resumida, los siguientes:
- Calidad de la educación
- Equidad
- Transmisión y práctica de valores
- Educación como aprendizaje permanente
- Flexibilidad en la diversidad
- Orientación educativa y profesional
- Esfuerzo individual y motivación
- Esfuerzo compartido
- Autonomía
- Participación en la comunidad educativa
- Prevención y resolución de conflictos
- Igualdad de derechos y oportunidades
- Relación calidad de la educación-papel
del docente
- Investigación, experimentación e
innovación
- Cooperación Estado-Comunidades
Autónomas
- Cooperación y colaboración de las
Administraciones educativas
El concepto de currículo recoge la siguiente definición:
Se entiende por el conjunto de objetivos,
competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación
de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley con la finalidad de
asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos
correspondientes. El Gobierno es quien fijará estas bases del currículo para
las enseñanzas mínimas. Existen tres niveles de concreción curricular, según la
LOE un carácter prescriptivo; atendiendo al centro, contextualizado, y, el
tercer nivel la programación de aula.
Los principios generales de la educación
infantil atendiendo a la LOE de 2006, son que está compuesta de dos ciclos, que
es una etapa educativa con identidad propia, y que es de carácter voluntario y
el segundo ciclo es gratuito. El objetivo es fomentar la cooperación entre las
instituciones educativas y los padres, madres y tutores.
En cuanto a la evaluación del sistema educativo, encontramos lo expuesto en el
Artículo 141. Ámbito de la evaluación. La evaluación se extenderá a todos los
ámbitos educativos regulados en esta Ley y se aplicará sobre los procesos de
aprendizaje y resultados de los alumnos, la actividad del profesorado, los
procesos educativos, la función directiva, el funcionamiento de los centros
docentes, la inspección y las propias Administraciones educativas.
El
Real Decreto 1630/2006, establece las enseñanzas
mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil. Presenta los siguientes fines:
-
Contribuir al desarrollo físico,
afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas.
-
Atender progresivamente.
Se dan una serie de competencias, áreas
específicas, y objetivos.
La atención
a la diversidad se refiere al conjunto de actuaciones educativas dirigidas
a dar respuestas al alumnado y a su entorno en función de las diferentes
capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses,
situaciones sociales, culturales, lingüísticas y de salud. Se ofrecen tutorías.
Se da una evaluación global, formativa y continua.
Por último, se dan una serie de medidas de apoyo al currículo, tales
como la coordinación entre las diferentes etapas, la formación de la comunidad
educativa, investigación, experimentación e innovación educativa, el desarrollo
del plan de lectura, y las enseñanzas de religión.
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